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Registro de obra

Registro de obra

El registro de obra ante INDAUTOR acredita, con fecha cierta, que una creación es tuya. El derecho de autor nace con la obra y no depende del registro, pero cuando hay un conflicto alguien tiene que probar quién creó qué y cuándo. La constancia de INDAUTOR es esa prueba: sirve ante plataformas digitales, en una negociación y en un juicio.

Para músicos, escritores, artistas y creadores.

Autoridad
INDAUTOR
Qué acredita
Tu autoría, con fecha cierta
Coautores
Se registran todos Con su proporción, si aplica
Protege
La expresión concreta No la idea detrás de ella

Qué incluye

Lo que hacemos por ti

Tú entregas la información una vez. Todo lo demás corre por nuestra cuenta.

  • Revisión de que la obra sea registrable y de quién debe figurar como titular
  • Integración del expediente con los anexos que pide la autoridad
  • Presentación ante INDAUTOR y seguimiento del trámite
  • Tu constancia oficial, descargable desde tu perfil

El resultado de un trámite lo decide la autoridad. Nuestro trabajo es que llegue en las mejores condiciones posibles y que tú no tengas que ocuparte de él.

Qué se puede registrar

Se protege la obra, no la idea

Toda creación original susceptible de divulgarse o reproducirse. Lo que se registra es su expresión concreta: la canción escrita y grabada, no el concepto que la inspiró.

Canciones y composiciones Con o sin letra
Obras literarias Libros, guiones, ensayos
Obras plásticas Pintura, escultura, ilustración
Fotografía Obra fotográfica original
Obra audiovisual Video, cortometraje, animación
Programas de cómputo Software y su documentación

La pregunta obligada

Si el derecho nace con la obra, ¿para qué registrarla?

Es cierto: en México el derecho de autor no depende del registro. Tu canción es tuya desde que la escribiste.

El problema no es de derecho, es de prueba. Cuando hay un conflicto, alguien tiene que demostrar quién creó qué y cuándo. Y ahí un archivo con fecha de tu computadora no vale gran cosa.

La constancia de INDAUTOR es un documento oficial con fecha cierta. Es la diferencia entre afirmar que la obra es tuya y poder acreditarlo.

Manos tocando una guitarra acústica durante la grabación de una canción

Cuándo te sirve de verdad

Tres momentos en los que te van a pedir la constancia

01

Alguien sube tu canción como suya

Las plataformas de streaming y redes tienen procedimientos para reclamar, y casi todos piden que acredites un derecho previo. Con la constancia, tu reclamo tiene respaldo; sin ella, es tu palabra contra la del otro.

02

La colaboración se rompe

Es el conflicto más común entre creadores: discutir porcentajes años después, cuando la obra ya está generando ingresos. El registro deja por escrito quiénes son los coautores desde el inicio.

03

Te contratan y hay que probar autoría

Sincronización para publicidad, cine o televisión, o una editora que quiere licenciar. Todos van a pedirte que acredites que la obra es tuya antes de firmar.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre registro de obra

¿Qué se considera una obra para efectos de registro?

Toda creación original susceptible de divulgarse o reproducirse: obras literarias, musicales con o sin letra, dramáticas, dancísticas, pictóricas, escultóricas, fotográficas, audiovisuales, de programas de radio y televisión, programas de cómputo y obras de arte aplicado, entre otras.

Lo que se protege es la expresión concreta de la idea, no la idea en sí.

Si el derecho de autor nace con la creación, ¿para qué registro mi obra?

Es cierto que la protección del derecho de autor no depende del registro. El problema es probatorio: cuando hay un conflicto, alguien tiene que demostrar quién creó qué y cuándo.

El registro ante INDAUTOR te da una constancia oficial con fecha cierta. En una negociación, una reclamación en plataformas digitales o un litigio, esa constancia es la diferencia entre afirmar que la obra es tuya y poder acreditarlo.

¿Puedo registrar una obra hecha entre varias personas?

Sí. Cuando una canción o un texto tiene varios autores, el registro puede reflejar a todos los coautores y, en su caso, la proporción que corresponde a cada uno.

Definirlo por escrito desde el inicio evita el conflicto más común entre colaboradores: discutir porcentajes años después, cuando la obra ya está generando ingresos.

Empieza hoy

¿Listo para tu registro de obra?

Crear tu perfil toma un par de minutos y no te compromete a nada. Si prefieres preguntar antes, también está bien.