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Compusimos la canción entre varios, ¿cómo la registramos?

Como obra en coautoría, declarando a todos los autores y la proporción de cada uno. Definirlo antes de registrar evita el conflicto más común entre músicos.

La respuesta corta

Cuando una obra tiene varios autores se registra en coautoría: se declaran todos y, en su caso, la proporción que corresponde a cada uno.

Esa conversación —quién aportó qué y en qué porcentaje— es incómoda al inicio y carísima después. Tenerla antes de registrar es lo que evita el conflicto más frecuente que vemos entre colaboradores.

Por qué la proporción importa tanto

Mientras la canción no genera nada, los porcentajes son una abstracción. En el momento en que empieza a generar —una licencia, una sincronización, una recaudación— dejan de serlo.

Y ahí es cuando aparece el problema: nadie recuerda igual la sesión de composición. El que puso la melodía cree que puso lo esencial. El que escribió la letra piensa lo mismo. El que sugirió cambiar el puente considera que fue el aporte que la salvó.

Con un registro que declara las proporciones, esa discusión ya está cerrada. Sin él, se resuelve entre abogados o no se resuelve.

Cómo se suele repartir

No hay una regla legal que imponga porcentajes: lo que acuerden los autores es lo que vale. Algunos criterios que se usan en la práctica:

  • Partes iguales. Si fue una composición realmente colectiva, es lo más simple y lo que menos fricción genera.
  • Letra y música al 50/50. Cuando uno escribió el texto y otro compuso.
  • Por aportación real. Si alguien trajo la canción casi terminada y otro aportó un arreglo, el reparto lo refleja.

Lo importante no es cuál eligen, sino que lo elijan explícitamente y quede escrito.

Casos que conviene aclarar antes

El productor

Producir no es componer. Un productor puede aportar muchísimo al resultado final sin ser coautor de la obra musical. Si su participación sí llegó a la composición, hay que decirlo; si fue producción, va por otra vía.

El músico de sesión

Tocar en la grabación no te hace coautor de la canción. Es una interpretación, que tiene su propia protección como derecho conexo, distinta de la autoría.

El que solo sugirió una idea

Una idea no se protege. Aportar «deberías hablar de tu ciudad» no genera coautoría; escribir el verso sí.

Estos tres son los que más discusiones provocan, y los tres se resuelven hablándolo antes.

¿Y si ya no nos hablamos?

Pasa. Si el grupo se separó antes de registrar, el registro se complica: se necesita el acuerdo de los coautores para declarar las proporciones.

Si están en esa situación, escríbenos con el contexto. Hay caminos según el caso, pero ninguno es tan simple como haberlo hecho antes.

Lo que sí puedes hacer hoy

Si están componiendo ahora, la recomendación práctica es sencilla: al terminar cada canción, dejen por escrito quién participó y en qué proporción. Un mensaje en el chat del grupo, firmado por todos, ya es mejor que la memoria.

Cuando registren, esa nota se convierte en la declaración formal.

En resumen

  • Se registra como obra en coautoría, con todos los autores declarados.
  • La proporción la acuerdan ustedes: la ley no la impone.
  • Producir, tocar en la grabación o sugerir una idea no son coautoría.
  • Es la conversación más incómoda al inicio y la más cara después.
  • Si el proyecto ya se separó, se complica — pero hay caminos.

Antes de esto conviene leer cómo se registra una canción.

Esta guía es informativa y no constituye asesoría legal para un caso concreto. Plazos, vigencias y tarifas cambian por reformas y por la actualización anual de las tasas oficiales. Última revisión: agosto de 2026.

¿Listo para hacerlo? Este tema corresponde a nuestro servicio de registro de obra.

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