¿Qué necesito para registrar mi marca?
Menos de lo que crees: tus datos como titular, el signo tal como lo vas a usar y a qué te dedicas. No necesitas empresa constituida ni estar vendiendo todavía.
La respuesta corta
Para presentar una solicitud de marca en México necesitas tres cosas:
- Quién será el titular — una persona física o una persona moral.
- El signo — el nombre, el logotipo o la combinación, tal como lo vas a usar.
- Qué vendes — para determinar en qué categoría o categorías se solicita.
Eso es todo lo que tienes que aportar. El resto —la redacción, la clasificación, los formatos— corre por nuestra cuenta.
Los datos del titular
Si registras como persona física
Nombre completo, CURP, RFC si ya lo tienes, y un domicilio para oír y recibir notificaciones. Nada más.
No necesitas tener una empresa constituida. Es la duda que más frena a los emprendedores, y la respuesta es que una persona física puede ser titular de una marca perfectamente.
Si registras a nombre de una empresa
Denominación social completa, RFC, domicilio fiscal y los datos de quien tiene facultades para representarla.
¿Cuál conviene?
Depende de tu proyecto. Registrar a nombre de una empresa tiene sentido si esa empresa es la que va a explotar la marca y eventualmente venderla o licenciarla. Registrar como persona física da flexibilidad si todavía no está claro qué sociedad operará el negocio.
Se puede transferir después, pero es un trámite aparte con su propio costo. Vale la pena pensarlo antes.
El signo
Si vas a registrar solo el nombre
No necesitas nada más que escribirlo. La protección alcanza a la denominación, independientemente de la tipografía o los colores con que la uses.
Si además vas a registrar el diseño
Cambia lo que necesitas preparar, y eso está resuelto aparte en cómo registro el logotipo de mi empresa. Si todavía no sabes si te conviene el nombre, el diseño o los dos, empieza por nombre, logo, o los dos.
Lo que no aplica
No hace falta manual de identidad, ni un formato de archivo específico, ni que lo haya hecho un diseñador profesional. Nosotros preparamos lo que la autoridad requiere.
Saber a qué te dedicas
Esta es la parte donde la gente cree que necesita conocimiento técnico, y no.
Nos dices en español claro qué vendes o qué servicio das —«tengo una cafetería y también vendo el café en grano», «doy consultoría de marketing»— y nosotros determinamos las categorías. Es la decisión que más pesa en el resultado del trámite y no tiene por qué recaer en ti.
Lo que NO necesitas
Vale la pena decirlo explícitamente, porque son las tres excusas más comunes para posponer el registro:
- No necesitas estar vendiendo. Puedes registrar antes de lanzar. De hecho, es el mejor momento.
- No necesitas estar dado de alta en el SAT si registras como persona física con tus datos personales.
- No necesitas un abogado que te acompañe. El trámite completo se hace en línea desde tu perfil.
Antes de presentar: una recomendación
Antes de reunir cualquier documento, conviene saber si el nombre se puede registrar. Un estudio de registrabilidad responde eso en días, y evita que juntes todo para descubrir que el signo estaba bloqueado desde el principio.
En resumen
- Titular (persona física o moral), signo y giro. Eso es lo que aportas tú.
- Una persona física puede ser titular: no necesitas empresa.
- No necesitas estar vendiendo ni tener el archivo en un formato especial.
- La clasificación la hacemos nosotros a partir de lo que nos cuentes.
- Antes que nada, revisa si el nombre se puede registrar.
Esta guía es informativa y no constituye asesoría legal para un caso concreto. Plazos, vigencias y tarifas cambian por reformas y por la actualización anual de las tasas oficiales. Última revisión: agosto de 2026.
Preguntas relacionadas
- ¿Cómo registro el logotipo de mi empresa? Como marca, ante el IMPI. Registrar un logo no es un trámite aparte: es una marca, solo que del tipo que incluye diseño en vez de solo texto.
- ¿La marca va a mi nombre o al de mi empresa? Las dos opciones son válidas y tienen consecuencias distintas al vender, al separarse los socios o al levantar inversión. Conviene decidirlo antes de presentar.
- ¿Registro el nombre, el logo, o los dos? Depende de qué reconoce tu público y de si piensas rediseñar. El nombre da la protección más amplia; el logo, la más literal. Aquí está cómo decidirlo.
- ¿Marca nominativa, figurativa o mixta? ¿Cuál me toca? Depende de qué es lo valioso de tu marca: la nominativa protege el nombre en cualquier tipografía, la figurativa solo el diseño y la mixta la combinación.
¿Listo para hacerlo? Este tema corresponde a nuestro servicio de registro de marca.
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